El Impuesto PAIS, que grava desde 2019 ciertas operaciones de dólar, finaliza el próximo 22 de diciembre por el vencimiento de su término legal. No así los pagos a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, los que continuarán aplicándose, salvo que ARCA dicte una norma, dejando sin efecto la resolución que las puso en vigor.
De acuerdo a la ley de emergencia de Alberto Fernández, el Impuesto PAIS tiene destino específico a servicios sociales de ANSES y PAMI, entre otros. En cambio, las percepciones de Ganancias y Bienes Personales adelantan fondos para gastos corrientes del Tesoro.
Qué dicen los expertos sobre la continuidad de los pagos a cuenta de Ganancias
Aunque la permanencia del impuesto PAIS esté acabando, las percepciones de los impuestos sobre los Bienes Personales y a las Ganancias seguirán aplicándose en las operaciones de compra y venta de moneda extranjera, salvo que el Gobierno defina expresamente lo contrario, advierte Noelia Girardi, del estudio Lisicki Litvin & Asoc, y explica:
«Estas percepciones tienen su origen en la Resolución General 4815, vigente desde el mes de septiembre del año 2020. A través de esta norma, que estableció un régimen de percepción para dichos impuestos, incrementándose así el valor de las operaciones realizadas. A diferencia del Impuesto PAIS, que era y es un costo hundido sin posibilidad de recuperarse, las percepciones operan como pagos anticipados a cuenta de impuestos futuros».
Dólar: cómo funciona el Impuesto PAIS
El Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) fue creado el 23 de diciembre de 2019 por la Ley 27.541 bajo el carácter de gravamen de emergencia con una vigencia de 5 períodos fiscales, lo que implicaba que tendrá existencia hasta el 22 de diciembre próximo, indica Girardi, y da algunos detalles al respecto.
Este tributo grava determinadas operaciones en moneda extranjera, entre las que se pueden mencionar:
- Compra de moneda extranjera para ahorro;
- Compra de moneda extranjera para cancelar adquisición en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos (no incluye enseñanza educativa), o su adquisición en el país cuando sean prestados por no residentes, como es el caso de los servicios de streaming.
- Importación de mercaderías, siempre que no se encuentren exentas.
- Servicios de fletes y otros servicios de transporte por operaciones de importación o exportación de bienes.
- Adquisición de servicios en el exterior por agencias de viajes y pasajes aéreos.
De acuerdo a lo enumerado en la norma que le dio su existencia, lo recaudado con este gravamen es utilizado para financiar programas a cargo de ANSES y PAMI; Obras de vivienda social, del fideicomiso Fondo de Integración Sociourbana; obras de infraestructura económica y fomento del turismo nacional; y prestaciones a cargo del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
La alícuota general a la que se someten las operaciones alcanzadas es del 30%, a menos que se mencione una alícuota inferior, como es el caso de los servicios de streaming que están gravados al 8%.
Faltando menos de un mes para la derogación del impuesto, este martes, ARCA deja sin efecto la obligación de abonar el 95% del impuesto de forma anticipada sobre las importaciones.
Para el resto de las operaciones alcanzadas por el impuesto PAIS, quedará menos de un mes para que se encuentren aún alcanzadas por este gravamen.
ARCA, ex AFIP: cómo se aplica el pago a cuenta de Ganancias
Los contribuyentes que estén inscriptos en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales podrán descontar los pagos a cuenta al momento de presentar sus declaraciones juradas. En el caso de empleados en relación de dependencia, estas percepciones pueden ser informadas en el SIRADIG para que el empleador las reintegre al realizar la liquidación anual.
Aquellos sujetos que, por el contrario, no se encuentren inscriptos ni sufran retenciones de Impuesto a las Ganancias, deberán solicitar a ARCA su devolución a través de la página web, con su CUIT y Clave fiscal a través del servicio «Devolución de Percepciones».
Sin embargo, a un año de vencido el plazo legal, muchos ciudadanos que solicitaron en enero 2024 la devolución por percepciones sufridas durante el año 2023, aún siguen esperando ver las sumas devueltas en sus cuentas bancarias. Recientemente, ARCA informó que ya había comenzado las devoluciones, pero solo para 40.000 beneficiarios.
Miguel La Vista, tributarista y socio de La Vista Casal, afirma que «el impuesto país es otra de las grandes estafas del Estado al valor que generan las empresas y los particulares que viven en Argentina, ya que el Estado compra dólares baratos y los vende con un impuesto».
«La eliminación ha llevado su tiempo porque no es fácil quitar un ingreso al Estado de manera inmediata sin desfinanciar sus gastos. Esperemos que a futuro se siga avanzando con otros impuestos de similar naturaleza, tales como el impuesto al cheque y la reducción de las tasas que ganan las provincias por el impuesto a las ventas», remarca.
Qué pasa con la devolución de pagos anticipados
Alberto Mastandrea, socio de Impuestos & Legales de BDO en Argentina, considera que «la inminente derogación del Impuesto PAIS como así también su anterior reducción plantea una cuestión central respecto de los pagos a cuenta realizados previamente por los importadores«, y agrega: «ARCA tiene el deber de devolver dichos montos de manera simple, rápida y efectiva. Esta obligación encuentra fundamento no solo en disposiciones legales, sino también en principios generales del derecho tributario, como el de no enriquecimiento sin causa, que impide al Estado retener recursos cuando desaparece el fundamento jurídico que justificaba su percepción».
En efecto, la derogación del Impuesto PAIS plantea una cuestión fundamental en términos de equidad fiscal: el tratamiento de los pagos a cuenta realizados por los importadores, efectuados con la finalidad de anticipar la generación del hecho imponible del tributo, pierden sustento legal al desaparecer la obligación principal
La devolución de estos importes no solo es una obligación legal, sino también una medida necesaria para preservar la confianza en el sistema tributario y garantizar la justicia fiscal. El procedimiento debe ser ágil y transparente, asegurando que los importadores recuperen los montos abonados sin enfrentarse a dilaciones indebidas ni trabas administrativas, subraya Mastandrea.
De esta manera, el 22 de diciembre cae el Impuesto PAIS por un imperativo legal, pero no las percepciones de Ganancias y Bienes Personales sobre las mismas operaciones de dólar, para lo cual sería necesaria una norma positiva de ARCA.
FUENTE: IProfesional