
La Comisión Arbitral modificó los vencimientos de octubre de 2026 de SIFERE, SIRCAR y SIRTAC por los feriados vinculados con la visita del Papa León XIV. Para los contribuyentes de Convenio Multilateral, la presentación y el pago del anticipo octubre por SIFERE se realizarán entre el 17 y el 20 de noviembre, según la terminación de CUIT.
La Disposición (CA) 11/2026, publicada el 19 de octubre, fue ratificada por la Resolución General (CA) 11/2026, publicada el 22 de octubre. Esta última fija el 13 de noviembre para la segunda quincena de octubre de SIRCAR y SIRTAC; en SIRTAC ya no limita el cambio a las CUIT terminadas en 5 a 9.
Cómo queda el anticipo octubre de SIFERE
Las nuevas fechas comprenden tanto la declaración jurada como el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Se mantiene la distribución por dígito verificador del calendario de Convenio Multilateral para 2026:
| Terminación de CUIT | Vencimiento |
|---|---|
| 0, 1 y 2 | 17/11/2026 |
| 3, 4 y 5 | 18/11/2026 |
| 6 y 7 | 19/11/2026 |
| 8 y 9 | 20/11/2026 |
El desplazamiento busca que los contribuyentes dispongan de la información sobre las recaudaciones de SIRCAR y SIRTAC antes de liquidar el anticipo. De ese modo, el calendario de los agentes y el de los contribuyentes queda coordinado para el cómputo de las deducciones.
Qué cambia para los agentes de recaudación
En SIRCAR, ambos grupos de CUIT tendrán como fecha de vencimiento el viernes 13 de noviembre para la segunda quincena de octubre. La medida modifica las fechas del 9 y 10 de noviembre fijadas por la Disposición CA 1/2026, ratificada por la Resolución General CA 2/2026.
En SIRTAC, el artículo 2° de la Resolución General CA 11/2026 fija el 13 de noviembre para la presentación y el pago de la segunda quincena de octubre de todos los agentes comprendidos en el sistema, sin distinguir terminaciones de CUIT.
El alcance de SIRCAR también está delimitado: el artículo 1° se refiere a la segunda quincena de octubre, sin disponer expresamente el mismo cambio para las obligaciones mensuales. La adecuación debe aplicarse a los períodos y sujetos identificados en cada artículo.
La decisión toma en cuenta los feriados del 9 de noviembre en todo el país, del 10 de noviembre en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Córdoba y del 11 de noviembre en la provincia de Buenos Aires, citados en los fundamentos de la norma. Además del ajuste para los agentes, la Comisión Arbitral reordenó SIFERE para evitar que su vencimiento se superponga con la disponibilidad de las recaudaciones computables.
Fechas de los feriados nacionales de noviembre
El calendario contempla dos feriados nacionales que alcanzarán a todo el territorio argentino.
Las fechas establecidas son las siguientes:
- Lunes 9 de noviembre: Feriado nacional por la visita del papa León XIV.
- Lunes 23 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional, trasladado desde el viernes 20.
El feriado del 23 de noviembre recuerda la Batalla de la Vuelta de Obligado, ocurrida el 20 de noviembre de 1845. Su traslado se encuentra contemplado en la Ley 27.399, que regula los feriados nacionales y días no laborables.
Feriados adicionales por la visita del papa León XIV
El Gobierno Nacional estableció un cronograma especial mediante el Decreto 1103/2026, publicado en el Boletín Oficial el 28 de septiembre.
La normativa contempla jornadas de descanso para facilitar las actividades religiosas y los operativos organizados durante la visita del Papa.
Además del feriado nacional del lunes 9, se dispusieron las siguientes fechas:
- Martes 10 de noviembre: Feriado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la provincia de Córdoba.
- Miércoles 11 de noviembre: Feriado en la provincia de Buenos Aires.
Asimismo, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) estableció el martes 10 de noviembre como feriado bancario a nivel nacional. Por ello, las sucursales de las entidades financieras estarán cerradas.
FUENTE: Blog del Contador


