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ARCA reglamentó el régimen de inocencia fiscal

arca

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tiene habilitada la adhesión al Régimen Simplificado de Ganancias. Una nueva forma de declarar y pagar impuestos pensada para las personas que cumplen con sus obligaciones. La idea central es simple: menos trámites y reglas claras para saber exactamente a qué atenerse.

No es un blanqueo ni una amnistía. Es un cambio de paradigma: se abandona la tradicional presunción de culpabilidad fiscal. Ahora sos inocente hasta que ARCA demuestre lo contrario.

¿Qué cambia en concreto?

Ahora ARCA te predetermina el impuesto y pone a disposición la información que tiene de vos en la Declaración Jurada (tenés opción de editarla y/o agregar si considerás que hay un error o es necesario), y solo se focaliza en lo que facturaste y los gastos deducibles. De esta manera, con el Régimen Simplificado de Ganancias, el organismo ya no mira tus gastos personales ni tus cambios patrimoniales.

¿Quiénes pueden sumarse?

Pueden adherirse las personas humanas (y sucesiones indivisas) que cumplan estos requisitos al mismo tiempo:

• Ser residente en el país
• Estar inscripto en el impuesto a las ganancias
• Tener ingresos y patrimonio dentro de los topes establecidos
• No ser considerado gran contribuyente por ARCA
• No tener la CUIT limitada u observada

Los topes de ingresos y patrimonio

No pueden ingresar aquellos cuyos ingresos anuales superen los $1.000 millones (neto de IVA). Es importante destacar que se suman todos los ingresos del año: sueldos, alquileres, honorarios, dividendos, sin importar si pagan o no impuesto a las ganancias.

Tampoco podrán adherir al régimen los contribuyentes con patrimonio total superior a $10.000 millones. Se tendrán en cuenta todos los bienes , en el país y en el exterior: propiedades, autos, inversiones, ahorros.

Importante: ARCA verificará esos montos en los últimos tres años anteriores al período optado, pero no acumulará los montos entre años. Cada año se mira por separado.

¿Cómo adherirse?

El trámite se hace en tres pasos y es 100% online:

1. Ingresás a la web de ARCA con tu clave fiscal.

2. Buscás «Sistema Registral».

3. Hacés clic en «Optar» dentro de «PH Ganancias Simplificada».

La opción se puede ejercer desde el primer día hábil del período fiscal respecto del cual se ejerce la opción, y hasta el día del vencimiento general de la obligación de presentación de la declaración jurada.

Beneficios del régimen simplificado

Si presentas la declaración jurada simplificada y pagas en término, se producen dos efectos principales:

Efecto liberatorio del pago con relación al período fiscal por el cual se ejerce la opción (período fiscal base).

Presunción de exactitud de las declaraciones juradas de IVA y ganancias de los períodos fiscales no prescritos.

Las ventajas, explicadas sin tecnicismos:

Ventaja¿Qué significa en tu día a día?
Declaración precargadaARCA arma el borrador con la información que ya tiene. Vos la revisás, ajustás si hace falta y confirmás. No arrancás de cero.
Efecto liberatorioCuando presentás la DJ y pagás en tiempo y forma, ese año impositivo queda cerrado definitivamente. Nadie puede volver a cobrarte algo por ese período, en tanto no se detecten irregularidades significativas.
Presunción de exactitudTu declaración se presume correcta. ARCA solo puede cuestionarla si tiene pruebas concretas de irregularidades significativas mayores a un 15%.
Sin análisis de variación patrimonialSi depositás ahorros que tenías guardados, ARCA no te va a pedir explicaciones, y vas a poder usarlos como prefieras.
Mejor perfil ante los bancosLa constancia de adhesión al régimen cuenta como antecedente positivo frente al sistema financiero.
Prescripción más cortaSi cumplís, el fisco tiene 3 años por delante para actuar (antes eran 5 años).
Más certeza, menos incertidumbre hacia atrás.
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