
A partir de que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) estableció un nuevo régimen de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en billeteras digitales como Mercado Pago, Ualá o Lemon, surge la duda de qué pasará cuando te retengan erróneamente en salarios o jubilaciones, y cómo reclamar
Retenciones de ARBA en Mercado Pago: cómo funcionan
El régimen de retención de ARBA se aplicará sobre las acreditaciones realizadas en cuentas de pago ofrecidas por los Proveedores de Servicios de Pago que las administran (PSP), que son fintech y billeteras digitales, explica Juan Pablo Baumann, del estudio PASBBA, e indica:
La aplicación será escalonada: a partir del 1° de octubre de 2025 para Mercado Pago y otras billeteras ya designadas en otras jurisdicciones, y desde el 1° de noviembre para los nuevos sujetos alcanzados.
La recaudación se practicará en el momento de la acreditación de fondos, aplicando la alícuota asignada a cada contribuyente en el padrón. Dichas alícuotas van desde el 0,01% hasta el 5%.
En caso de cuentas con más de un titular, se tomará como destinatario al que tenga asignada la mayor alícuota; si todos se encuentran sujetos a la misma alícuota, se aplicará al primero según el orden de prelación.
Cómo te defendés si te retienen sobre el sueldo
Entre las acreditaciones en Mercado Pago y las otras billeteras que están excluidas de las retenciones de Ingresos Brutos por ARBA se destacan salarios, jubilaciones y beneficios sociales, señala Baumann, y precisa:
También están excluidas las devoluciones de tributos, operaciones bursátiles y transferencias provenientes del exterior, entre otros.
ARBA establece un mecanismo para corregir errores que pudieran cometerse en el marco de la implementación del régimen, tal como sigue:
- Si la devolución se solicita dentro de los 90 días corridos a contar desde la retención, el propio agente puede devolver el importe.
- Superado ese plazo, el trámite deberá realizarse ante la ARBA.
- Además, se admite la compensación con futuras retenciones.
Los resúmenes de cuenta emitidos por Mercado Pago y las otras billeteras constituirán prueba suficiente de las retenciones efectuadas.
Las fintech y billeteras deberán presentar declaraciones juradas con el detalle de las recaudaciones realizadas y transferir los montos retenidos.
En el caso de acreditaciones en moneda extranjera, el ingreso deberá hacerse en pesos, aplicando la cotización tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina del día hábil inmediato anterior.
Se prevé coordinar con otras jurisdicciones y unificar criterios a través del sistema de recaudación SIRCUPA.
Por qué se multiplicarán los saldos a favor
La retención en billeteras se realizará a través de la adhesión de la Provincia de Buenos Aires al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), aprobado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, afirma Baumann, y considera:
En otras palabras, las fintech y billeteras digitales deberán retener y transferir el impuesto a la ARBA, siempre que sus clientes figuren en el padrón oficial disponible en el sitio de la Comisión Arbitral.
La amplia dispersión de alícuotas, la falta de criterios claros en la asignación de las mismas y, sobre todo, el hecho de que para los contribuyentes del Convenio Multilateral la base imponible sobre la cual se aplicarán tales alícuotas sea el total de las acreditaciones sin limitación en cuanto al coeficiente atribuible a la Provincia de Buenos Aires, puede derivar en recaudaciones en exceso.
Esto puede agravar un cuadro caracterizado por la convivencia simultánea de múltiples regímenes de recaudación que ya era preocupante de por sí.
Y el tratamiento de las devoluciones de los saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que se multiplicarán por efecto del nuevo sistema, los plazos acotados y la burocracia de ARBA, agravarán un problema histórico en materia de Ingresos Brutos.
Por eso, es importante que, si te retuvieron por error sobre el sueldo depositado en Mercado Pago, Ualá, Lemon u otra billetera digital, presentes el pedido de devolución dentro de los 90 días corridos, para que lo devuelva la propia billetera y no esperar a ARBA.
FUENTE: IProfesional


