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Nomenclador NAES: El listado oficial de actividades del Convenio Multilateral

naes

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral realizó un ordenamiento integral del Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema (NAES) y dispuso consolidar en un cuerpo único todos los códigos de actividad.

De esta manera, el ordenamiento del NAES implementado mediante la Resolución General 19/2025, permite visualizar en forma sistematizada la totalidad del nomenclador, con identificación de los códigos vigentes y aquellos cuya baja fue dispuesta mediante la RG 12/2025, con sus fechas de vigencia. También se incluye la tabla de equivalencias con el nomenclador ARCA.

Este esquema sistematiza en un único cuerpo normativo todos los códigos de actividad NAES, incluyendo:

  • Códigos vigentes,
  • Códigos dados de baja,
  • Sus fechas de inicio y fin de vigencia,
  • Y la tabla de equivalencias con el nomenclador ARCA.

¿Qué es el nomenclador de actividades? En el siguiente video se cuenta qué es este código y dónde podés encontrarlo

El código de actividad es necesario para realizar distintos trámites ante ARCA, como la inscripción en impuestos o la actualización de datos en el Sistema Registral.

En el siguiente enlace podés consultar el nomenclador oficial y buscar tu actividad por rubro, código o palabra clave: https://PUvfG3.short.gy/98lJb1

Recordá que este código debe informarse al momento de registrarte como contribuyente o cuando actualizás tus actividades en el Sistema Registral.

La iniciativa responde a la necesidad de simplificar el uso e interpretación del nomenclador por parte de los contribuyentes alcanzados por el régimen del Convenio Multilateral, sin introducir modificaciones normativas adicionales a las ya establecidas por la Resolución General (CA) 12/2025, que incorporó nuevas actividades, especialmente digitales y redefinió diversos códigos.

En este sentido, el nuevo Anexo I contiene el listado completo del nomenclador NAES con las fechas de aplicación de cada actividad, mientras que el Anexo II presenta la tabla actualizada de equivalencias entre los códigos NAES y los utilizados en el sistema ARCA.

Este ordenamiento no modifica los códigos ni sus descripciones, pero consolida todo el material disperso en normativas previas para mejorar la operatividad de los sistemas de recaudación y control.

Convenio Multilateral. Modificaciones al Nomenclador de Actividades (NAES). Equivalencias con ARCA 

mediante la Resolución General CA N° 7/2017 se aprobó como Anexo I de la misma, el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación “NAES”.

Que el citado nomenclador de actividades económicas resulta de aplicación obligatoria para todos los contribuyentes de Convenio Multilateral, a los fines de informar y/o exteriorizar las actividades que desarrollan y/o ejecutan en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, tanto en oportunidad de su inscripción como tales -o, modificación de sus datos particulares- así como también, entre otros, en la presentación sistémica de las respectivas declaraciones juradas determinativas del impuesto.

Que los avances que se han producido en el campo tecnológico y en el desarrollo de las actividades económicas con motivo de una economía cada vez más digitalizada, se estima conveniente efectuar adecuaciones y/o modificaciones al mencionado nomenclador.

Que tal hecho y/o circunstancia permitirá reflejar adecuadamente la naturaleza de cada actividad, facilitando una correcta interpretación y aplicación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y, a la vez, evitará la utilización de equivalencias o tratamientos diferenciales derivados de otras normas en las jurisdicciones adheridas, con la finalidad de declarar sistémicamente los ingresos provenientes de dichas actividades económicas que no se encuentran expresamente codificadas en el citado Nomenclador de Actividades Económicas (NAES).

Que a efectos de continuar con una política de armonización, simplificación y homogeneización provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la clasificación y codificación de actividades económicas bajo la cual los contribuyentes deben encuadrarse, resulta conveniente realizar las adecuaciones necesarias al nomenclador aprobado por esta Comisión en atención al tratamiento fiscal que corresponda según las respectivas normas de las jurisdicciones adheridas.

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