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Moratoria AFIP: cuál será la tasa de financiación de las cuotas y qué acción penal se extingue

El decreto reglamentario parcial del paquete fiscal determinó la tasa de financiación de la moratoria, y cuáles son las acciones penales que quedan extinguidas con el ingreso al nuevo perdón fiscal.

Qué dice el reglamento de la moratoria

Financiación: la tasa de interés de los planes de pago comprendidos en dicho régimen será establecida por la AFIP, en base a la tasa fijada por el Banco Nación para descuentos comerciales, la que se actualizará trimestralmente hasta el 31 de diciembre de 2025 y, luego, semestralmente.

Extinción de acciones penales: la cancelación de las obligaciones incluidas en la moratoria producirá la extinción de la acción penal, en la medida en que no exista sentencia firme a la fecha de cancelación.

Este beneficio de la moratoria se extiende a todos los partícipes que posean imputaciones vinculadas a las obligaciones tributarias incluidas o que hubieran sido canceladas con anterioridad.

La AFIP anunció que a partir del próximo miércoles 17 estarán publicadas las resoluciones generales y se podrán a disposición los aplicativos de la moratoria, el blanqueo y el Impuesto sobre los Bienes Personales y su régimen de adelanto (REIBP).

Las siguientes son las claves de la moratoria:

Qué incluye la moratoria y qué queda excluido

1. Los contribuyentes que podrán optar por ingresar a la moratoria son todo, incluso deudores solidarios de impuestos, salvo los que estén en quiebra, condenados y otros similares.

2. Los impuestos incluidos en la moratoria son las obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social, así como las multas de la AFIP referidas a las mismas, por deudas vencidas al 31 de marzo 2024.

3. Las deudas incluidas son las vencidas, en instancia de discusión administrativa o judicial (con allanamiento); impuesto a la riqueza; retenciones y percepciones; planes de pagos caducos o no; todas las demás, excepto excluidas, y sus multas.

4. Las deudas excluidas son las referidas a lo siguiente, y sus intereses y multas:

  • Obras sociales y casas particulares (aportes y contribuciones)
  • Monotributo (previsional)
  • ART
  • Seguro de vida obligatorio
  • Trabajadores agrarios (aportes y contribuciones).

Cuáles son los beneficios de la moratoria

5. Los siguientes son los beneficios que tiene la moratoria:

  • Suspensión e interrupción de la acción penal tributaria o su extinción.
  • Baja del régimen de penalidad laboral REPSAL.
  • No aplicación de antecedentes infraccionales.
  • No inicio de sumario administrativo por parte de AFIP.

Cómo se paga y hasta cuándo se podrá adherir

6. Para la cancelación de las deudas hay dos opciones:

  • Pago contado
  • Plan de Facilidades de Pago

7. Respecto de los honorarios por juicios de ejecución fiscal o en la Justicia, se prevé la reducción del 50% con la adhesión hasta 90 días después de la vigencia.

8. El acogimiento a la moratoria se podrá realizar la vigencia de la reglamentación de la AFIP hasta 150 días corridos, o sea, aproximadamente hasta diciembre próximo.

Cómo son los beneficios según fecha de adhesión

9. Según la fecha de adhesión y la forma de pago, varía el porcentaje de la condonación de intereses y multas devengadas hasta la adhesión (resarcitorios y punitorios).

  • Hasta 30 días: contado o hasta 3 cuotas, 70%.
  • Desde 31 a 60 días: contado o hasta 3 cuotas, 60%.
  • Desde 61 a 90 días: contado o hasta 3 cuotas, 50%.
  • Hasta 90 días: pago en cuotas (más de 4), 40%.
  • Desde 91 a 150 días: pago en cuotas (no importa la cantidad), 20%.
  • Planes vigentes al 31/03/2024: contado o hasta 3 cuotas: 30%

Cómo son los planes de pago de la moratoria

10. Para personas humanas, se prevé el pago a cuenta de 20% y permite optar por hasta 60 cuotas.

Para micro y pequeñas empresas, y entidades sin fines lucro, 15% de pago contado y hasta 84 cuotas.

Las medianas empresas (Tramos 1 y 2), el pago a cuenta es de 15%, con hasta 48 cuotas.

Para el resto de las compañías, el pago contado es de 25% a cuenta y cuentan con hasta 36 cuotas.

11. También se ofrece la condonación de oficio de intereses resarcitorios y punitorios, con la condición de que se haya pagado el capital antes del 31 de marzo de 2024, inclusive.

La moratoria fue reglamentada este viernes, junto con el blanqueo y el régimen de adelanto de Bienes Personales del paquete fiscal, pero tendrá efecto desde el dictado de las resoluciones generales de la AFIP.

FUENTE: iProfesional

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