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Monotributo Unificado CABA: Conocé cómo funciona y a quiénes alcanza

agip 12

El monotributo unificado es un sistema que permite cumplir en forma simultánea las siguientes obligaciones de presentación y pago:

  • Monotributo (el impuesto integrado más los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y, de corresponder, al Sistema Nacional del Seguro de Salud);
  • El Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Régimen Simplificado;
  • La tasa que retribuye los servicios de seguridad e higiene de los municipios de las provincias adheridas (siempre que el municipio o comuna haya celebrado con la Provincia un convenio de colaboración para la recaudación de dicho tributo)

En el marco del convenio celebrado entre la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), se incorpora al “Sistema Único Tributario” a los contribuyentes con domicilio fiscal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, adheridos al Monotributo y alcanzados simultáneamente por el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos local. El objetivo es centralizar en una única plataforma la recaudación correspondiente a ambos tributos.

Con la adhesión de la jurisdicción, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires formaliza su incorporación al Monotributo Unificado.

Se presenta un repaso del funcionamiento del régimen, sus principales características operativas y el impacto para los contribuyentes alcanzados, a fin de clarificar su aplicación práctica y las obligaciones asociadas.

Marco Normativo

Aplicación del Régimen

A partir del 1° de enero de 2026.

Sujetos alcanzados

Podrán incorporarse aquellos que cumplan las siguientes condiciones:

  • Estén adheridos al Monotributo; 
  • Estén alcanzados por el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos en CABA;
  • Tengan domicilio fiscal en CABA.

Cabe recordar que tanto el Monotributo como el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de CABA son esquemas de adhesión voluntaria. Por lo tanto, podrán incorporarse únicamente aquellos contribuyentes que cumplan sus condiciones y opten expresamente por acogerse a dichos regímenes.

Forma de adherirse

– Inscripción a partir del 1° de enero de 2026:

Quienes se adhieran al Monotributo Nacional por primera vez a partir de dicha fecha, y posean domicilio fiscal en CABA deberán declarar su condición frente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a fin de encuadrar en el Régimen simplificado de CABA.

Los datos declarados se constatarán sistémicamente con:

  1. La actividad declarada;
  2. La información proporcionada por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral;
  3. El domicilio fiscal declarado ante ARCA, el cual deberá encontrarse CABA;
  4. La información proporcionada por la AGIP respecto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos legislado en el Código Fiscal CABA.

La adhesión se realiza a través del portal “Monotributo”. En el siguiente link encontrarás una guía paso a paso.

Una vez realizada la inscripción, el sistema emite un acuse de recibo de la transacción efectuada y la credencial para el pago (Formulario 1520), que contendrá el CUR (Código Único de Revista), en base a la situación que revista el pequeño contribuyente frente a:

  1. El impuesto integrado;
  2. El SIPA y al Sistema Nacional del Seguro de Salud, de corresponder;
  3. El Impuesto sobre los Ingresos Brutos del “Régimen Simplificado CABA”.

– Inscriptos antes del 1° de enero de 2026:

Quienes ya se encontraban inscriptos en el Monotributo y en el régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos al momento de entrada en vigencia del régimen en CABA, no deben hacer nada. Serán incorporados de oficio al “Sistema Único Tributario”, de acuerdo con la información proporcionada a la AGIP.

Pago de la cuota de ingresos brutos 

Se ingresa de manera unificada junto al Monotributo, de acuerdo al importe fijo que establezca la Ley Tarifaria 

Vencimiento y medios de pago

La fecha límite coincide con la establecida para el Monotributo (hasta el día 20 de cada mes). El ingreso se realiza a través de los mismos canales habilitados y vigentes para ese régimen.

Débito automático:

  • Quienes estén adheridos por el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos: serán dados de baja por AGIP.
  • Los que estén actualmente adheridos por el pago del Monotributo: se le adicionará el débito del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos. 
  • Quienes no estén adheridos: podrán adherirse.

Montos y categorías 

Serán encuadrados en la misma categoría del Monotributo, siempre que encuadren en las categorías previstas para ello en la normativa de CABA

Actualmente, la tabla del Régimen simplificado de Ingresos Brutos CABA es la misma que el Monotributo. Ver valores vigentes a partir de julio 2025.

Recategorización 

La recategorización semestral se hace la del Monotributo y tendrá efectos para el Régimen simplificado de Ingresos Brutos CABA.

La recategorización de oficio que no implique exclusión, tiene efecto para el Monotributo y para el Régimen simplificado de Ingresos Brutos CABA.

Exclusión de pleno derecho 

  • Por el Monotributo: será comunicada por ARCA a la AGIP.
  • Por el Régimen simplificado de Ingresos Brutos CABA: será comunicada por la AGIP a ARCA.

Baja automática 

Ante la falta de pago por un período de 10 meses consecutivos, se dará la baja en el “Sistema Único Tributario”. Para reingresar se debe previamente regularizar las sumas adeudadas en cada uno de los componentes que dieron origen a la baja y en su caso, todos aquellas correspondientes a períodos anteriores exigibles y no prescriptos.

Cambio de domicilio fiscal

Consecuencias en el Régimen simplificado de Ingresos Brutos CABA:

  • Si se traslada a CABA: alta de oficio (previa constatación con la información recibida de la Comisión Arbitral y de la AGIP)
  • Si se traslada a otra jurisdicción: baja de oficio. Cuando la modificación implique el traslado a alguna de las provincias que se encuentran incorporadas al “Sistema Único Tributario”, permanecerán en el mismo, según la jurisdicción de que se trate.

Cambio de Actividad

ARCA pondrá la información a disposición de AGIP para una eventual modificación de la condición frente al Régimen simplificado de Ingresos Brutos CABA

Jurisdicciones adheridas al Monotributo Unificado

Quedan comprendidas las siguientes jurisdicciones:

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