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Monotributistas: cuántos dólares permite depositar ARCA en una cuenta

Dólar

La Agencia de Recaudación y Control de Aduanas (ARCA) estableció límites concretos a la cantidad de dólares que los contribuyentes inscriptos en el régimen de monotributo pueden depositar en el sistema financiero sin que se les requiera justificar el origen de esos fondos. La medida tiene como objetivo reforzar los mecanismos de control fiscal y garantizar la trazabilidad de las operaciones en moneda extranjera, en un contexto en el que la dolarización del ahorro es una práctica común.

El organismo puede solicitar documentación respaldatoria si detecta movimientos bancarios que superen determinados umbrales, ya sea en cuentas bancarias tradicionales o en billeteras virtuales. Esta situación alcanza tanto a acreditaciones como a extracciones, y no distingue si los fondos se originaron en transacciones formales o informales.

 En caso de requerimiento, los contribuyentes deben estar en condiciones de presentar información que respalde el ingreso de divisas, especialmente cuando se trate de billetes físicos.

Diferencias entre dólar MEP y dólar informal

Antes de detallar los límites fijados por ARCA, es importante comprender la diferencia entre los distintos tipos de dólar. El dólar MEP (Mercado Electrónico de Pagos) suele ser adquirido por vía formal, a través de brokers autorizados o mediante operaciones realizadas desde homebanking. Por este motivo, las operaciones con dólar MEP suelen estar asociadas a movimientos bancarizados, lo que permite trazar el origen de los fondos con mayor facilidad.

En cambio, los dólares adquiridos por fuera del sistema financiero formal, como en el caso del dólar blue, carecen de trazabilidad documental y son más propensos a generar alertas fiscales. Cuando se depositan billetes físicos sin una fuente identificable, la Agencia puede considerar que se trata de ingresos no declarados y avanzar con un pedido de información.

Límites establecidos por ARCA para operaciones en pesos

La normativa vigente detalla una serie de umbrales mensuales que, en caso de ser superados, habilitan al organismo fiscal a solicitar documentación que respalde el origen de los fondos. Estos montos están expresados en pesos argentinos y se aplican de forma acumulativa por tipo de operación:

  • $600.000 mensuales: este límite aplica tanto al total de consumos realizados con tarjetas de débito como al total de ingresos o egresos registrados en billeteras virtuales.
  • $1.000.000 mensuales: abarca diferentes operaciones como acreditaciones bancarias, depósitos en plazos fijos, extracciones de dinero (dentro o fuera del país), saldo final en cuentas bancarias y saldo final en billeteras virtuales.
  • $2.000.000 mensuales: aplica exclusivamente a transferencias (bancarias o mediante billeteras virtuales) que superen ese valor.

Cuando un monotributista excede cualquiera de estos límites, el sistema de fiscalización de ARCA puede activar un procedimiento de requerimiento de información, canalizado a través de las entidades financieras o por medio de notificaciones directas al contribuyente.

Documentación que puede solicitar ARCA

En el marco de un pedido de justificación de fondos, ARCA puede requerir una serie de documentos que permitan verificar que el origen del dinero se encuentra dentro de los márgenes legales y declarados. Entre los elementos que suelen ser solicitados se encuentran:

  • Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios: en caso de que el contribuyente tenga ingresos registrados por relación de dependencia o esté percibiendo una jubilación.
  • Facturación de los últimos meses: especialmente relevante para quienes facturan a través del monotributo, ya que permite contrastar los ingresos declarados con los movimientos observados.
  • Constancia de inscripción en el monotributo: documento que certifica la categoría vigente y el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
  • Tickets o comprobantes de compra y venta: útiles en casos donde los fondos provienen de operaciones comerciales o adquisición de bienes.
  • Documentación respaldatoria de venta de acciones o participaciones en empresas: en situaciones donde los ingresos provienen de desinversiones o movimientos patrimoniales.

La capacidad de presentar esta documentación en tiempo y forma puede determinar si el contribuyente logra evitar sanciones o rectificaciones fiscales posteriores. Si bien no todas las solicitudes derivan en penalizaciones, la falta de respuesta o documentación suficiente puede derivar en ajustes, exclusiones del régimen simplificado o incluso en denuncias por presunta evasión.

El ahorro en dólares, frecuente entre pequeños contribuyentes, no está prohibido. Sin embargo, ARCA busca que esos fondos tengan un respaldo documental claro. Las compras de dólar MEP, al estar registradas en el sistema financiero formal, ofrecen mayor cobertura ante eventuales controles. Por el contrario, los depósitos de billetes físicos sin justificación clara pueden ser considerados señales de alerta.

Las personas adheridas al monotributo deben tener en cuenta que el régimen simplificado impone límites de facturación anual y otros requisitos que, si son sobrepasados, podrían resultar en la exclusión del régimen y el pase al régimen general. La trazabilidad del dinero depositado, tanto en moneda local como extranjera, es un factor que se tiene en cuenta para determinar el cumplimiento de las condiciones del sistema.

FUENTE: IProfesional

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