Si usás Mercado Pago para vender tus productos, seguramente te hayas encontrado con descuentos sobre tus ventas, en concepto de retenciones SIRTAC.
Mercado Pago, al ser agente de retención, deberá aplicar, por ley, retenciones de Ingresos Brutos sobre los usuarios que vendan de forma frecuente.
Si no estás inscripto en ningún impuesto, las retenciones serán de un monto mucho mayor.
¿Qué es el SIRTAC?
El Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra es un sistema unificado de recaudación y control que resuelve la multiplicidad de regímenes de retención de las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral y al presente Régimen.
Unifica las retenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre operaciones de comercio electrónico abonadas con medios de pagos digitales. Independientemente de en cuantas jurisdicciones actúe o esté inscripto el vendedor, y donde esté radicado el comprador, la transacción tendrá una retención única, eliminando la superposición de regímenes que generan altos costos, especialmente para los comercios más pequeños.
¿Qué jurisdicciones están inscriptas en SIRTAC?
- Catamarca
- Chaco
- Chubut
- Córdoba
- Formosa
- Jujuy
- La Rioja
- Mendoza
- Misiones
- Neuquén
- Río Negro
- Salta
- San Juan
- San Luis
- Santa Cruz
- Santiago del Estero
- Tierra del Fuego
- Entre Ríos
- Buenos Aires
¿Cómo se define la alícuota?
La alícuota es establecida por el padrón de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (Comarb). En el sitio web de AFIP puedes consultar la alícuota que te corresponde y cómo se distribuye entre las provincias inscriptas.
Para cobros con QR o Point
¿Estás en el padrón SIRTAC? | ¿Estás inscripto en la jurisdicción en la que vendés? | ¿La jurisdicción en la que vendés está adherida a SIRTAC? | ¿Estás inscripto en una actividad presencial? | Se te aplicará |
Sí | Sí | Sí | No aplica | Alícuota SIRTAC (entre 0% y 5%) |
Sí | No | Sí | No | Alícuota SIRTAC + retención del 1,5% por falta de alta |
Sí | No | Sí | Sí | Alícuota SIRTAC (entre 0% y 5%) |
Sí | Sí | No | No aplica | Alícuota SIRTAC + retención del régimen que corresponda |
Sí | No | No | No aplica | Alícuota SIRTAC + alícuota del régimen que corresponda si sos habitualista |
No | No | Sí | No | Retención del 1,5% por falta de alta |
No | No | Sí | Sí | Nada |
No | No | Sí | No aplica | Retención del 3% como no inscripto |
Para cobros online
¿Estás en el padrón SIRTAC? | ¿Estás inscripto en la jurisdicción en la que vendés? | ¿La jurisdicción en la que vendés está adherida a SIRTAC? | ¿Estás inscripto en una actividad presencial? | Se te aplicará |
Sí | Sí | Sí | No aplica | Alícuota SIRTAC (entre 0% y 5%) |
Sí | No | Sí | No | Alícuota SIRTAC + retención del 1,5% por falta de alta |
Sí | No | Sí | Sí | Alícuota SIRTAC (entre 0% y 5%) |
Sí | Sí | No | No aplica | Alícuota SIRTAC + retención del régimen que corresponda |
Sí | No | No | No aplica | Alícuota SIRTAC + alícuota del régimen que corresponda si sos habitualista |
No | No | Sí | No | Retención del 1,5% por falta de alta |
No | No | Sí | Sí | Nada |
No | No | Sí | No aplica | Retención del 3% como no inscripto, si sos habitualista |
Retención del 1,5% por falta de alta
Es una retención adicional que se aplicará solo si no estás inscripto en la jurisdicción en la que vendés.
Por ejemplo, si vendés en Córdoba, que es una jurisdicción adherida a SIRTAC, pero no estás inscripto en ella, se te cobrará una retención adicional del 1,5%.
Retención del 3% como no inscripto
Si no estás inscripto en IIBB y vendés en una jurisdicción adherida a SIRTAC, se te cobrará una retención del 3%. En el caso de que tus ventas sean online, esta retención recién se te aplicará cuando seas habitualista, es decir, cuando hayas realizado al menos 10 operaciones por un monto mínimo de $50.000 en un mes.
Inscribite en SIRTAC para descontar las retenciones de tus impuestos.