Luego de seis meses de trabajo legislativo, se aprobó la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes (Ley 27.743). Entre los cambios introducidos, se modifican varios conceptos del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Si bien falta la reglamentación por parte de la AFIP, dado que el mes de julio es el próximo período de recategorización, te compartimos algunos temas importantes a tener en cuenta, que impactan como consecuencia del paquete fiscal.
Unificación de categorías por actividad
Se han unificado las actividades de locaciones, prestaciones de servicios, obras y ventas de bienes muebles. Como resultado, todas estas actividades ahora comparten los mismos límites de ingresos por categorías, extendiéndose hasta la categoría “K”.
Montos y categorías
Los nuevos parámetros y valores a abonar son los siguientes:
Tener presente que:
- La fecha de vencimiento de la recategorización es el 22/07/2024.
- El período a considerar para la evaluación de los parámetros para la recategorización es del 01/07/2023 al 30/06/2024.
- La tabla que se debe utilizar para la recategorización, es la que te presentamos anteriormente.
- Si no ha pasado un semestre calendario completo desde el inicio de actividad, no corresponde la recategorización.
- El nuevo importe del impuesto integrado será abonado a partir del 1/8/2024.
FUENTE: consejo.org.ar