Para la declaración de Bienes Personales por el período 2021, hay que tener en cuenta en la valuación y tratamiento de distintos bienes.
Del 13 al 15 de junio de este año vencerá la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2021, pero ya hay que prever cuál será el tratamiento que se dará a los inmuebles, las inversiones financieras y los bienes en el exterior.
El Impuesto sobre los Bienes Personales es un tributo que se aplica sobre los bienes situados en el país y, según el caso, en el exterior, que existan en el patrimonio al 31 de diciembre de cada año, recordó la contadora Romina Batista.
¿Quiénes están alcanzados por Bienes Personales?
Son sujetos del impuesto, remarcó Batista:
• Las personas humanas y sucesiones indivisas radicadas en el país, por los bienes situados en el país y en el exterior.
• Las personas humanas y sucesiones indivisas radicadas en el exterior, por los bienes situados en el país.
Las sucesiones indivisas tributarán por los bienes que posean al 31 de diciembre de cada año, si esa fecha queda comprendida en el lapso transcurrido entre el fallecimiento del contribuyente por el que se inicia la sucesión indivisa y la declaratoria de herederos o aquélla en que se haya declarado válido el testamento que cumpla la misma finalidad, agregó.
Las claves para la declaración de Bienes Personales
Batista enumeró los siguientes casos para la aplicación del Impuesto sobre los Bienes Personales:
1. El mínimo no imponible de Bienes Personales para 2021
Este impuesto establece un monto mínimo que para el periodo fiscal 2021 que es de $6 millones.
Si la valuación total de bienes supera ese monto, corresponde inscribirse en el impuesto y presentar la declaración jurada donde se determinará el impuesto a pagar, aplicando la alícuota según la escala que va de 0,5% al 1,75%, agregó.
2. La exención para la casa habitación
Los inmuebles destinados a casa habitación no estarán alcanzados por el impuesto cuando su valuación resulte igual o inferior a $30 millones.
3. El tratamiento de los bienes en el exterior
Las personas que residan en el país y posean bienes situados en el exterior, deberán aplicar, para la determinación del impuesto, sobre el valor de éstos que exceda el mínimo no imponible no computado contra los bienes del país, las alícuotas que van del 0,7% al 2,25%.
Los sujetos de este impuesto podrán computar como pago a cuenta las sumas efectivamente pagadas en el exterior, por gravámenes similares, que consideren como base imponible el patrimonio o los bienes en forma global.
Este crédito sólo podrá computarse hasta el incremento de la obligación fiscal originado por la incorporación de los bienes situados con carácter permanente en el exterior.
Quienes hayan repatriado activos financieros hasta el 31 de marzo de 2022 quedarán exceptuados de la alícuota diferencial y tributarán por la totalidad de sus activos, como bienes en el país.
Se entiende por repatriación el ingreso al país del dinero en moneda extranjera que se posea en el exterior y los importes que surjan de la venta de activos financieros.
Las inversiones financieras y el impuesto
4. El incentivo de ahorro en pesos para 2021
El 4/8/2021 entró en vigor el régimen de incentivo al ahorro en pesos, que incluye exenciones en los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales a partir del período fiscal 2021.
5. ¿Cuál es el tratamiento de los plazos fijos en bancos del país?
Los plazos fijos en bancos del país están exentos en Bienes Personales, sean en pesos, en pesos con actualización o en moneda extranjera.
Se declaran por el valor al cierre el cual incluye las actualizaciones e intereses devengados a esa fecha.
6. ¿Cuál es el tratamiento de las obligaciones negociables?
Las obligaciones negociables también están exentas, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
- Hayan sido colocadas por oferta pública.
- Que su destino sea la inversión productiva.
- Sean emitidas en pesos.
En cambio, están gravadas en Bienes Personales las obligaciones negociables emitidas en dólares, y se declaran por el valor de cotización al cierre.
Las inversiones en fondos comunes y fideicomisos
7. ¿Cuál es el tratamiento de inversiones en fondos de inversión?
Están exentos, asimismo, las inversiones en Fondos Comunes de Inversión (FCI) del país abiertos y los certificados de participación y valores representativos de deudas de fideicomisos financieros.
Para ello, deben cumplir los siguientes requisitos:
- Deben haber sido colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
- Su activo subyacente principal debe estar integrado, como mínimo en el 75%, por depósitos y bienes exentos del impuesto a los Bienes Personales.
- Se declaran por el valor de cotización al cierre.
Los inmuebles en la ciudad de Buenos Aires
8. La aplicación de tablas de valuación
El pasado día 1, la AFIP puso a disposición las valuaciones de automotores y otros bienes al 31 de diciembre de 2021, las que resultan necesarias para la determinación del Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2021.
9. El valor de los inmuebles porteños
En relación a la valuación de inmuebles ubicados en la ciudad de Buenos Aires, el cambio de criterio adoptado por la AFIP multiplicó por 4 la valuación sobre la que se aplica el Impuesto sobre los Bienes Personales.
Desde 2018 se debía tomar la base imponible o valor fiscal, o sea el VFH, actualizada por el IPC que para el periodo 2021 es de 4,6673 y ese importe compararlo con el valor residual, tomando siempre el mayor valor.
Ahora, a través del Dictamen 1/2022, la AFIP considera que el valor que se deberá tomar como comparación es el que surge de multiplicar el VFH por cuatro, concluyó Batista.
FUENTE: iProfesional