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Exportación de Servicios: Puntos a tener en cuenta

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El proceso de exportación de Servicios se refiere a cualquier servicio prestado en el país de manera remunerada, sin vínculo de dependencia, que tenga su uso o explotación en el extranjero, es decir, que sea utilizado o aprovechado fuera de nuestro país.

Comprobantes a utilizar

A la hora de facturar los servicios de exportación, es necesario utilizar facturas de exportación clase “E” y también notas de crédito y notas de débito clase “E”.

Antes de emitir estos comprobantes electrónicos, es vital habilitar puntos de venta específicos, diferentes e independientes de aquellos utilizados para la facturación en el mercado local.

Para llevar a cabo esto, podés gestionar el alta de los puntos de venta a través del servicio de clave fiscal «Administración de puntos de venta y domicilios», y seleccionar la opción «A/B/M de puntos de venta».

Cuando prepares una Factura “E”, aspectos importantes a tener en cuenta:

La solicitud de autorización ante la AFIP puede hacerse hasta 5 días antes o después de la fecha indicada en el comprobante. Si la fecha de solicitud es anterior a la del comprobante, ambas deben corresponder al mismo mes calendario.

  1. Debes seleccionar el concepto «servicios» en los ítems a incluir en la factura.
  2. Las facturas se emiten en moneda local o extranjera. Si emitís en moneda extranjera, la conversión a moneda local se hace tomando en cuenta el tipo de cambio vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina al cierre del último día hábil cambiario antes de la emisión.
  3. La fecha de pago por defecto será la misma en que emites la factura, pero puedes ajustarla manualmente.
  4. La mención de «Actividades Asociadas» es opcional y puedes incluirla si es relevante para tu caso.

Notas de Crédito y Notas de Débito | Detalles Importantes

Un aspecto clave en la facturación de servicios de exportación son las notas de crédito y notas de débito. Estas juegan un papel fundamental en la corrección de operaciones y ajustes necesarios. 

Cuando emitís notas de crédito o débito que reflejan ajustes vinculados a una operación, es obligatorio incluir la información relevante del comprobante asociado que estás ajustando. Cada nota de crédito o débito que generes debe estar relacionada con un único comprobante de exportación, ya sea factura, nota de débito o nota de crédito.

El tipo de cambio a aplicar en las notas de crédito y débito será aquel correspondiente al comprobante asociado que estás ajustando. En situaciones donde la factura se haya generado antes de su emisión, debes consignar el tipo de cambio vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina que esté vigente al cierre del último día hábil cambiario anterior a la solicitud de autorización.

Se deberá indicar el país de destino de la factura y el CUIT del País (El servicio comprobantes en línea permite visualizar el listado completo al momento de realizar la factura, tener en cuenta que hay un CUIT para persona humana y otro para persona jurídica por cada país).

  1. Deberá informarse también la forma de pago del comprobante.
  2. Deberá informarse el ID Impositivo del Cliente del Exterior, así como su Nombre y Apellido y domicilio.

Gestión de Divisas y Cobro de Exportaciones de Servicios

La fecha de pago y la obligación de liquidar divisas son aspectos fundamentales en la exportación de servicios. Cómo funciona este proceso y las implicaciones que debes tener en cuenta:

Fecha de Pago y Liquidación de Divisas

La Comunicación BCRA “A” 6770 del Banco Central establece que es obligatorio ingresar y liquidar a través del Mercado Único y Libre de Cambios (con el tipo de cambio oficial) las divisas provenientes del cobro de exportaciones de servicios. Este proceso debe realizarse dentro de los 5 días hábiles posteriores a su recepción.

Es importante comprender que al emitir Facturas “E”, se informa a la AFIP sobre la exportación y la fecha estimada de cobro. No cumplir con la liquidación de divisas puede resultar en sanciones por parte del BCRA. Esto podría dar lugar a un Sumario Administrativo con sus correspondientes multas e inhabilitaciones financieras o cambiarias.

Cobro en Moneda Extranjera

La Comunicación BCRA “A” 7518 introduce la posibilidad de cobrar las exportaciones de servicios en cuentas bancarias en moneda extranjera, es decir, recibir directamente los ingresos en dólares.

Sin embargo, esta opción tiene ciertas limitaciones:

Actividades Permitidas

Las actividades que pueden acceder a este método son variadas e incluyen mantenimiento y reparaciones, servicios de construcción, informática, investigación y desarrollo, entre otros.

Límites de Cobro

Personas humanas pueden cobrar hasta U$S12.000 por año en cuentas en Argentina por servicios prestados a no residentes. Esto se aplica siempre que no adquieran divisas a través del sistema financiero.

Ingresos superiores a esta cifra deben ser liquidados.

Personas jurídicas pueden obtener una «certificación de aumento de ingresos por cobros de exportaciones de servicios en el año 2022». Esto está destinado exclusivamente para el pago de remuneraciones de trabajadores. El monto de uso es el mínimo entre el 50% del aumento de las exportaciones de servicios en 2022 respecto a 2021, y el 20% de las remuneraciones brutas para el resto de 2022.

Exportación de Servicios y su Tratamiento Impositivo

En esta sección, quiero que tengas en claro cómo afecta la exportación de servicios en términos impositivos. Aspectos a tener presentes:

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

La Ley del Impuesto al Valor Agregado establece que las exportaciones están exentas de este gravamen.

Además, se permite a los exportadores computar el impuesto facturado por bienes, servicios y locaciones que hayan destinado efectivamente a las exportaciones. Este proceso se efectuará dentro de los límites y condiciones establecidos.

Impuesto a las Ganancias

Las actividades de exportación de servicios están sujetas a este impuesto. Si sos un exportador de servicios inscripto en el Régimen General, debes presentar la declaración jurada de Ganancias y realizar el correspondiente pago del impuesto.

Monotributo

Si eres monotributista, puedes exportar servicios siempre que no superes los límites de facturación de tu categoría máxima según la tabla vigente en ese momento.

Asegúrate de respaldar tus operaciones de exportación con la emisión de una factura tipo “E”.

Derechos de Exportación

En relación a los derechos de exportación, es importante destacar que, previamente, las prestaciones de servicios tributaban un derecho del 5%. Sin embargo, este derecho quedó sin efecto según lo establecido en el Decreto 1201/18 y sus modificatorias, en concordancia con el cambio de normativa.

Recordá que cada aspecto mencionado puede tener implicaciones específicas según tu situación.

Estamos para aclarar tus dudas y brindarte la orientación que necesitas para un manejo impositivo correcto en tus exportaciones de servicios. 

FUENTE: Contadores en Red

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