Por fin los jubilados, trabajadores y monotributistas están encontrando en su cuenta bancaria la devolución de 21% de IVA sobre el monto del ticket de su compra, con la novedad de que también se benefician por lo que compraron en Farmacity, la cadena de carnicerías RES y a través de la página web de los supermercados.
Cómo se logra la devolución del 21% del ticket de las compras básicas
El programa «Compre sin IVA» prevé el reintegro de parte de la compra de productos de la canasta básica y beneficia a más de 20 millones de personas, que recibirán el equivalente al 21% de sus gastos realizados con tarjeta de débito en bienes de primera necesidad y otros, siempre que estén en el ticket del supermercado, las carnicerías RES o Farmacity.
El programa rige para todos los rubros de alimentos y bebidas e higiene personal, con un tope mensual por persona de $18.800, que se identificará según el CUIL o CUIT, según dijo la AFIP.
El monto se acredita en la cuenta bancaria del contribuyente que consta en la AFIP, sin necesidad de realizar ningún tipo de trámite, ya que se activa de manera automática.
Tampoco es necesario informar nuevamente la cuenta bancaria, si la AFIP ya la conoce por el cobro de algún beneficio o del Monotributo.
Según AFIP, el beneficio de devolución del 21% del monto final estará vigente para la adquisición en comercios minoristas y/o mayoristas de frutas, verduras, lácteos, panificados, carnes y el resto de los productos que componen la canasta básica, como los de higiene personal. Como se aplica sobre el ticket final, no es excluyente de las promociones bancarias, enfatizó la AFIP.
Sin embargo, lo que se está reintegrando es el 21% del ticket completo, y no de los bienes limitados a la canasta básica. Así, el beneficio alcanza a las compras realizadas de productos cosméticos o elementos de jardinería, para el automotor o pinturas), siempre que se adquieran en supermercados o Farmacity.
Para saber si se está alcanzado por este beneficio, se debe consultar la página de Internet de la AFIP «Consulta de nómina de beneficiarios».
FUENTE: iProfesional