Estos valores entrarán en vigencia a partir del día 15/09/2023.
Categorías mínimas de revista
- Aportes mensuales de los trabajadores autónomos.
- Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial.
- Afiliaciones voluntarias.
- Menores de 21 años.
- Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma.
- Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828.
El aumento con respecto a los valores anteriores es del 18,89%, mientras que el índice de movilidad jubilatoria es del 23,92% según lo que había sido establecido en la Resolución 186/23 ANSES.
Autónomos a partir de Septiembre 2023
Autónomos a partir de Septiembre 2023 – Comparativo con Junio 2023
FUENTE: Contadores en Red