
Estos valores entrarán en vigencia a partir del día 15/12/2023
Categorías mínimas de revista
- Aportes mensuales de los trabajadores autónomos.
- Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial.
- Afiliaciones voluntarias.
- Menores de 21 años.
- Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma.
- Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828

Autónomos Valores a partir de Diciembre 2023, comparativo con Septiembre 2023

Beneficio de diferimiento en el pago de autónomos
Recordemos que a través de la RG 5422/2023 se prorroga el vencimiento de las obligaciones de pago correspondientes a los trabajadores autónomos (excepto para aquellos sujetos que realicen la dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo), hasta las fechas que para cada caso se indican:
- Vencimientos de Septiembre y Octubre 2023: del 5 al 7 de marzo 2024.
- Vencimiento de Noviembre y Diciembre 2023: del 5 al 9 de abril 2024.
Sin embargo, existen dudas sobre ¿A qué valor se iban a tener que cancelar esos meses de autónomos cuyo pago fue diferido?
Lamentablemente por ahora la respuesta no es muy alentadora, ya que si ingresamos a la CCMA de los clientes podemos observar que el valor de las cuotas cuyo pago fue prorrogado fueron actualizadas como si estuvieran “adeudadas”. Ojalá sea un error y lo corrijan.

FUENTE: Contadores en Red