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Atención monotributo: AFIP confirmó desde cuándo prescriben las deudas y ya no deberán pagarse

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció cuáles son las condiciones que rigen sobre las deudas del monotributo y desde cuándo los contribuyentes estarán exentos de abonar el pago.

Cada persona que decida adherirse al régimen deberá inscribirse en la categoría adecuada y abonar los montos estipulados al comienzo de cada mes. De no hacerlo, se le acumularán las cuotas mensuales.

Sin embargo, transcurrido un cierto período de tiempo, estas deudas dejarán de estar vigentes. ¿A quiénes beneficia? 

AFIP confirmó desde cuándo vencen las deudas en el monotributo


De acuerdo a la información oficial del organismo fiscal, las deudas del monotributo prescriben a los cinco años de haberse contraído: 

«Las acciones y poderes del Fisco para determinar y exigir el pago de los impuestos regidos por la presente ley, y para aplicar y hacer efectivas las multas y clausuras en ella previstas, prescriben: a) Por el transcurso de 5 años en el caso de contribuyentes inscriptos (…)», detallan.

Es decir que la entidad debe reclamar el pago de la cuota durante este período de tiempo o, de no hacerlo, la misma caducará y ya no se podrá solicitar el pago.

Por ejemplo, las deudas que fueron contraídas en 2016 prescribieron de forma definitiva desde el 1° de enero de 2024. Mientras que, desde dicha fecha de 2025, dejarán de tener validez aquellas que fueron emitidas en 2017. 

FUENTE: El Cronista

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