Invocando el DNU 70/2023 y por medio de otro Decreto de Necesidad y Urgencia (decreto 194/2024), el Gobierno nacional redujo los topes de ingresos que dan derecho a los trabajadores formales a cobrar las Asignaciones Familiares, como el salario familiar por hijo, prenatal y ayuda escolar anual, entre otros.
El nuevo DNU redujo el límite individual para percibir las Asignaciones Familiares de $ 1.980.000 a $ 1.077.403 y el tope del Ingreso Familiar de $ 3.960.000 a $ 2.154.806.
En los fundamentos del DNU se dice que el país atraviesa “una situación de inédita gravedad, generadora de profundos desequilibrios que impactan negativamente en toda la población, en especial en lo social y económico” y que por esa razón el “DNU 70/2023 declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025”.
El tope de $ 1.980.000 que ahora se modifica se estableció en función de los 15 Salarios Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) para quedar alcanzado o no del impuesto a las Ganancias.
En cambio, ahora el DNU N° 194/2024 establece que “el nuevo límite de ingresos del grupo familiar que determina el cobro de las Asignaciones Familiares se calculó al aplicar la movilidad correspondiente al mes de diciembre de 2023 y la establecida para el mes de marzo de 2024 sobre el valor correspondiente al mes de septiembre de 2023”.
En septiembre 2023, el tope de Ganancias era de $ 700.875. A ese valor se le suma la movilidad de diciembre (20,87%) y marzo (27,18%) lo que arroja los $ 1.077.403. Y por padre y madre suma $ 2.154.806, si bien uno de ambos cobra el salario familiar siempre que no supere el tope individual.
Hasta ahora, por ejemplo, el salario familiar por hijo era de $ 20.661, $ 13.934, $ 8.426 y $ 4.345, según el Ingreso Familiar Total hasta el tope de $ 3.960.000, con valores diferenciados para algunas Provincias y localdiades.
En marzo, esos valores aumentan el 27,18%, pero ANSeS deberá establecer los nuevos rangos de ingresos familiares en función de la reducción del tope.
Las Asignaciones Familiares son, entre otras, por nacimiento, adopción, prenatal, hijo, hijo con discapacidad. Y se otorga a los Trabajadores en Relación de Dependencia, a los Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) que no se encuentren bajo relación de dependencia, a Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino- ANSeS y a los Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
FUENTE: Clarín