
El Monotributo es uno de los regímenes más utilizados por trabajadores independientes, profesionales y pequeños contribuyentes en nuestro país. Por eso, cada actualización de sus escalas genera gran expectativa entre quienes deben cumplir mensualmente con sus obligaciones fiscales.
En este contexto, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó los nuevos importes, categorías y límites de facturación vigentes desde junio de 2026. La última actualización responde al ajuste semestral previsto por la normativa y contempla un incremento del 14,3%, calculado en función de la inflación acumulada durante los últimos seis meses.
Monotributo 2026: cuánto hay que pagar según cada categoría
La cuota mensual del Monotributo está integrada por tres componentes: el impuesto integrado, el aporte jubilatorio al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y la obra social.
Con los nuevos valores definidos por ARCA, los importes mensuales quedaron establecidos de la siguiente forma:
- Categoría A: $42.386,74
- Categoría B: $48.250,78
- Categoría C: $56.501,85 para servicios y $55.227,06 para venta de bienes
- Categoría D: $72.414,10 para servicios y $70.661,26 para bienes
- Categoría E: $102.537,97 para servicios y $92.658,35 para bienes
- Categoría F: $129.045,32 para servicios y $111.198,27 para bienes
- Categoría G: $197.108,23 para servicios y $135.918,34 para bienes
- Categoría H: $447.346,93 para servicios y $272.063,40 para bienes
- Categoría I: $824.802,26 para servicios y $406.512,05 para bienes
- Categoría J: $999.007,65 para servicios y $497.059,41 para bienes
- Categoría K: $1.381.687,90 para servicios y $600.879,51 para bienes
Junto con la actualización de las cuotas, también se incrementaron los límites de facturación anual que determinan la permanencia dentro del régimen simplificado.
Los nuevos topes son:
- Categoría A: hasta $10.277.988,13
- Categoría B: hasta $15.058.447,71
- Categoría C: hasta $21.113.696,52
- Categoría D: hasta $26.212.853,42
- Categoría E: hasta $30.833.964,37
- Categoría F: hasta $38.642.048,36
- Categoría G: hasta $46.211.109,37
- Categoría H: hasta $70.113.407,33
- Categoría I: hasta $78.479.211,62
- Categoría J: hasta $89.872.640,30
- Categoría K: hasta $108.357.084,05
Superar el límite de la última categoría vigente implica la exclusión automática del Monotributo y el pase al Régimen General.
Qué pasa si no pagás el Monotributo y quiénes pueden adherirse
Mantener la cuota al día es fundamental para evitar inconvenientes con ARCA. Cuando se registran períodos impagos, el organismo incorpora automáticamente esa situación en el sistema, lo que puede generar restricciones para realizar distintos trámites y acceder a beneficios fiscales.
Además, la normativa establece una sanción severa para aquellos contribuyentes que acumulen deudas durante un período prolongado. Si un contribuyente registra 10 cuotas consecutivas sin pagar, ARCA puede disponer la baja automática del régimen.
La sanción más severa que aplica ARCA es la exclusión automática del régimen. Esto ocurre cuando se acumulan 10 períodos impagos consecutivos. En esos casos, la persona deberá tributar bajo el Régimen General, con obligaciones más complejas vinculadas al IVA y al Impuesto a las Ganancias.
Con respecto a quiénes pueden formar parte del régimen simplificado, ARCA permite la adhesión a personas que venden productos, prestan servicios, alquilan bienes muebles o inmuebles, integran cooperativas de trabajo o participan en emprendimientos productivos independientes.
También pueden mantenerse dentro del sistema las sucesiones indivisas que continúan una actividad económica luego del fallecimiento del titular. Por el contrario, quedan excluidos quienes superen el límite máximo de facturación de la Categoría K, hayan realizado importaciones destinadas a la comercialización durante los últimos 12 meses, desarrollen más de tres actividades simultáneas o tengan más de tres unidades de explotación.
Tampoco pueden ser monotributistas quienes integran sociedades como SRL, sociedades anónimas o entidades similares, incluso cuando su participación sea minoritaria.
Los valores confirmados por ARCA se mantendrán vigentes hasta julio de 2026, mes en el que se realizará una nueva actualización tomando como referencia la inflación acumulada durante el primer semestre del año.
FUENTE: IProfesional


