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ARCA cambió vencimientos del impuesto al cheque: cuáles son las nuevas fechas

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la Resolución General 5847 publicada en el Boletín Oficial, estableció nuevas fechas de vencimiento de carácter excepcional para el ingreso del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras operatorias.

Esta medida complementa las disposiciones de las Resoluciones Generales 2111 y 4172, ajustando los plazos para el ingreso de las sumas percibidas o del impuesto propio devengado por parte de los agentes de liquidación y percepción. Según los considerandos de la norma, la modificación responde a razones de administración tributaria para hechos imponibles específicos del año 2026.

Calendario de vencimientos excepcionales

Las nuevas fechas sustituyen los plazos originalmente previstos y quedan conformadas de la siguiente manera:

  • Hechos imponibles del 16 al 22 de mayo de 2026: vencimiento hasta el 26 de mayo de 2026, inclusive.
  • Hechos imponibles del 16 al 22 de noviembre de 2026: vencimiento hasta el 25 de noviembre de 2026, inclusive.
  • Hechos imponibles del 16 al 22 de diciembre de 2026: vencimiento hasta el 23 de diciembre de 2026, inclusive.

Sujetos alcanzados y vigencia

La normativa impacta directamente en la planificación financiera y de tesorería de los agentes de retención y percepción, tales como entidades bancarias y empresas que operan bajo este régimen, señala Errepar.

La norma impacta directamente sobre los agentes de liquidación y/o percepción del impuesto. En la práctica, se trata principalmente de entidades bancarias y financieras que retienen y depositan el gravamen en nombre de sus clientes.

Son estos intermediarios quienes deben ingresar al fisco las sumas percibidas o el importe correspondiente al impuesto propio devengado, según lo establece el artículo 3° de la RG 2111, norma madre del tributo.

Las empresas y personas físicas que operan con cuentas bancarias no tienen una obligación directa de ingreso bajo esta norma, pero su actividad es la que genera el hecho imponible que los bancos liquidan y transfieren al Estado.

¿Por qué ARCA modificó el calendario?

El considerando de la norma invoca “razones de administración tributaria” como fundamento de la modificación, sin detallar las causas específicas. Esta fórmula es habitual en resoluciones de este tipo.

La modificación se encuadra en las facultades que le otorga a ARCA el artículo 5° de la Ley 25.413 —ley del impuesto al cheque—, junto con el artículo 20 de la Ley 11.683 y el artículo 7° del Decreto 618/1997.

También cita como fundamento el Decreto 953 del 24 de octubre de 2024 y el artículo 8.° del Decreto 13 del 6 de enero de 2025, que regulan la estructura y competencias del organismo recaudador.

La resolución lleva la firma del director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, y comenzó a regir el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial, el 15 de mayo de 2026.

Cómo se liquida el impuesto al cheque

El impuesto se liquida automáticamente por las entidades bancarias cada vez que se realiza un movimiento en una cuenta corriente, aplicando generalmente una alícuota del 0,6% (seis por mil) sobre los débitos y otro 0,6% sobre los créditos.

El tributo se retiene al instante y puede ser parcialmente tomado como pago a cuenta de Ganancias según el tipo de contribuyente.

  • Micro y pequeñas empresas: pueden tomar el 100% del impuesto ingresado como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.
  • Medianas Empresas (Tramo 1 – Industria): Pueden computar el 60%.
  • Resto de contribuyentes: pueden tomar el 33% del impuesto efectivamente ingresado.
  • Pymes y cargas sociales: Las Pymes pueden computar hasta el 30% del impuesto al cheque para pagar hasta el 15% de sus contribuciones patronales durante 2026.

FUENTE: El Cronista

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