Según lo establecido por la Ley 6642 quedan exentos en Ingresos Brutos a partir del 1 de mayo de 2023 aquellos contribuyentes que posean para alquiler con destino vivienda hasta 3 unidades, siempre que el importe no supere los $ 220.000 mensuales por inmueble.
Hasta el 30 de abril de 2023 el contribuyente tenía un límite para estar exento de 2 unidades con destino vivienda y siempre que el importe no superase los $ 75.250 mensuales por inmueble.
El gobierno porteño debería evaluar actualizar el parámetro de Ingresos Brutos del Régimen Simplificado también.
Ley 6642 CABA
Buenos Aires, 11 de mayo de 2023.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley.
Artículo 1º.- Se sustitúye el inciso 9) del artículo 296 del Código Fiscal (T.O. 2023) y su modificatoria Ley 6618 por el siguiente: “9. Los ingresos correspondientes al propietario por el alquiler de hasta tres (3) unidades de vivienda y siempre que no se supere el importe que fije la Ley Tarifaria.”
Artículo 2°.- Se sustitúye el artículo 22 del Anexo I de la Ley 6593 y su modificatoria Ley 6618 por el siguiente: “Artículo 22.- Fíjase el importe a que se refiere el inciso 9 del artículo 296 del Código Fiscal (t.o. 2023), para cada inmueble, en $220.000 (doscientos veinte mil pesos) mensuales.”
Artículo 3°.- La presente Ley rige a partir del 01 de mayo de 2023.
Artículo 4°.- Comuníquese, etc. Ferrario – Schillagi
Alquiler de viviendas en CABA.
FUENTE: Contadores en Red