El domicilio de explotación es el inmueble en el cual el contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ejerce o desarrolla, total o parcialmente, su actividad económica.
Si estás dado de alta en AGIP y ejerces tu actividad, total o parcialmente, en una locación situada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberás registrar la misma en el “Registro de Domicilios de Explotación (RDE)”.
Es una obligación de carácter anual y se realiza entre los días 1 de enero y 31 de marzo de cada año.
¿PARA QUÉ TRÁMITES O PROCEDIMIENTOS ES OBLIGATORIO TENER REGISTRADO EL DOMICILIO DE EXPLOTACIÓN?
- Planes de facilidades de pago, moratorias o condonaciones de deudas.
- Solicitudes de exenciones en el Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y/o en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
- Interposición de reclamos respecto de compensaciones, repeticiones o devoluciones de los tributos.
- Iniciación o tramitación de expedientes a través de la Plataforma Tramitación a Distancia.
- Altas o modificaciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
- Recategorización en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
EL REGISTRO ES DE CARÁCTER OBLIGATORIO PARA LAS SIGUIENTES PERSONAS:
- Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo categoría Locales.
- Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributen bajo las normas del Convenio Multilateral, en la medida que posean establecimiento, local, sucursal u oficina situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, excepto contribuyentes sujetos a contratos de locación de servicios o de obra y que no efectúen actividades en establecimiento propio.
- Los Contribuyentes exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.