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AFIP: una por una, todas las inversiones permitidas para que el blanqueo salga “gratis”

A pesar de que el blanqueo de capitales ya está en marcha, todavía no terminan de ajustarse todos los detalles para que los que quieran adherirse tengan las herramientas necesarias.

Algunos bancos ya ofrecen la apertura de la cuentas especiales, pero no todos. Y recién en estos días el Gobierno afinó la lista de las inversiones que se podrán hacer mientras el dinero blanqueado queda congelado hasta el 31 de diciembre de 2025, la forma de no pagar multa por la exteriorización de fondos. El reloj corre: el dinero hay que ingresarlo antes del 30 de septiembre para poder tener este beneficio.

Los encargados de fijar los destinos de esas inversiones fueron la AFIP, la Comisión Nacional de Valores (CNV) y el Ministerio de Economía.

Hasta US$ 100.000 se puede blanquear «gratis» (ya sean billetes o bienes por ese valor). Es decir, se ingresa el dinero en la Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA) antes del 30 de septiembre y se puede disponer de él a partir de octubre de la manera que disponga el contribuyente.

Por encima de los US$ 100.000, para no pagar el impuesto (de 5%) hay que declarar dinero en efectivo (no bienes) hasta el 30 de septiembre inclusive. Esos dólares también se depositan en una cuenta especial y deben mantenerse en el sistema hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive.

Pero, durante ese tiempo, el dinero se podrá destinar a una cantidad limitada de inversiones, que a futuro podría ampliarse. Las inversiones son las siguientes:

  • Títulos públicos emitidos por los Estados Nacional (incluidos los Bopreal), Provinciales, Municipales y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Acciones colocadas por oferta pública autorizada por la CNV.
  • Obligaciones negociables con oferta pública autorizada por la CNV. Esta es deuda de empresas.
  • Cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión cerrados, colocadas por oferta pública autorizada por la CNV.
  • Certificados de participación o títulos de deuda de fideicomisos colocados por oferta pública autorizada por la CNV, destinados al financiamiento de las MiPyME, y/o a la inversión y/o financiamiento en proyectos productivos, inmobiliarios y/o de infraestructura, para el fomento de la inversión productiva.
  • Proyectos inmobiliarios iniciados a partir de la vigencia del Título II de la Ley Nº 27.743, o con un grado de avance inferior al 50% de la finalización de la obra a ese momento. Comprende construcciones, ampliaciones, instalaciones, entre otros trabajos, en inmuebles propios o de terceros.

El dinero en las CERA no pagará el impuesto aunque se registren cambios en las inversiones dentro de las opciones admitidas, siempre que se mantenga en las cuentas especiales y/o en las cuentas comitentes especiales de las sociedades de bolsa.

El dinero en efectivo exteriorizado por hasta US$ 100.000 también podrá destinarse hasta el 30 de septiembre inclusive a operaciones onerosas debidamente documentadas.

FUENTE: Clarín

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