La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso un plazo especial de vencimiento de los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedular.
La decisión alcanza a aquellos contribuyentes alcanzados por la medida cautelar dictada por la Justicia Federal.
La presentación de la declaración jurada y el pago de las obligaciones para las personas humanas y sucesiones indivisas por el período fiscal 2021 está prevista entre los días 13, 14 y 15 de julio, según terminación de número de CUIT.
La medida adoptada obedece a la necesidad de otorgar certidumbre a los contribuyentes sin que ello implique una variación en la posición de la AFIP en relación con un avance indebido del Poder Judicial sobre potestades esenciales del Estado nacional, entre las que sobresale determinar tiempo y modo de pago de las obligaciones tributarias.
A QUIÉNES ALCANZA
Las personas alcanzadas son los profesionales matriculados en diversos Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de jurisdicciones de todo el país que intervengan como representantes de clientes que les hayan delegado formalmente el acceso a los servicios de la AFIP, así como también que realicen su labor profesional en la modalidad de asesoramiento tributario.