Siempre que un argentino vuelva del exterior tiene una parada obligatoria: la Aduana. Por eso, es importante saber qué mercaderías se pueden ingresar sin arancel, sus límites y cómo calcular el impuesto aduanero en caso de que aplique.
AFIP: cómo declarar productos importados para no pagar impuestos al regreso
Antes de embarcar al exterior, los argentinos deben declarar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) todos los productos fabricados en otros países que están llevando. El trámite se hace en los puestos aduaneros del aeropuertos, completando el formulario OM 121.
AFIP: qué puedo traer en la valija sin pagar el impuesto aduanero
- Un teléfono celular y con una notebook o tablet por persona comprados en el extranjero, sin pagar arancel, ya que pasaron a considerarse artículos de uso personal.
- La Aduana no cobra impuestos por todo lo que se haya declarado al salir ni por traer en la valija ropa, libros, remedios recetados y otros objetos de uso personal usados.
¿Hasta cuántas cosas puedo traer del exterior sin pagar impuestos?
Los argentinos pueden traer productos sin pagar impuestos hasta un determinado valor, al que se conoce como «franquicia«.
Depende del ingreso al país:
- Por vía aérea o por mar: se puede traer hasta 500 dólares por mes en mercadería libres de impuestos.
- Por vía terrestre, río o puentes: se puede traer hasta 300 dólares por mes en mercadería libres de impuestos.
- Además, si se regresa a la Argentina en avión o por vía marítima hay una franquicia extra de 500 dólares para lo que se adquiera en el free shop de llegada. En cambio, al arribar por tierra o por vía fluvial ese beneficio no se aplica, salvo en Puerto Iguazú.
Aduana: cómo hacer para pagar menos impuestos
Es clave saber que matrimonios, convivientes e hijos menores de 16 años pueden juntar sus franquicias para hacer el trámite aduanero.
- Pareja: la franquicia al llegar por aire será es de 1.000 dólares.
- Menores de 16 años: tienen la mitad que una pareja.
AFIP: cómo calcular el impuesto aduanero
Si el valor de lo comprado en el exterior o en el free shop nacional supera las franquicias disponibles, habrá que pagar un arancel del 50%, aplicable únicamente sobre el monto excedente.
FUENTE: ámbito