La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó la información que debe aportar cada empleador al ingresar un nuevo trabajador a su empresa: cuál es la nueva regulación y qué datos son obligatorios desde ahora.
El organismo recaudatorio «simplificó» la presentación de datos que debe realizar cada empleador a través de la Resolución General 5.508/2024 que se publicó en el Boletín Oficial con el objetivo de «agilizar la gestión que deben realizar y facilitar el proceso de registración».
«Para comunicar el alta de un trabajador ante la AFIP bastará con informar simplemente el CUIL y/o CUIT, domicilio donde se desarrolla la actividad económica, fecha de inicio de la relación laboral, modalidad de contratación, obra social y la fecha de finalización de la relación, en caso de que sea un contrato a plazo fijo», determinó el organismo.
Además, agregó que «se extiende el plazo para cargar los datos restantes hasta la primera liquidación del sueldo, tales como el monto de la remuneración mensual o el puesto en el que se desempeñará el trabajador», por lo que los empleadores tendrán más tiempo para realizar el trámite.
Anteriormente, debían hacerlo previo al comienzo efectivo de las tareas, lo que hacía demorar el ingreso del trabajador hasta que estuviera todo el trámite realizado. Esta modificación permitirá que se incorpore de manera casi inmediata.
«Así, los empleadores contarán con más tiempo para completar la información restante, lo que redunda en una menor carga burocrática para los empleadores y mayor celeridad en la registración del trabajador«, detalló la AFIP en un comunicado donde informa la medida.
FUENTE: El Cronista