
A días de comenzar el período de vencimientos de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para las sociedades y las personas humanas, el esquema de facilidades de pago de ARCA para los saldos de las declaraciones juradas anuales tiene diversas ventajas para profesionales, pymes y el resto de las empresas.
Este esquema reemplazó al Plan Permanente» y al «miniplan», y ofrece una tasa de interés mensual fija del 2,75%, similar a la tasa de intereses resarcitorios vigente al momento de la consolidación del plan, sin quita alguna, según publica Tributum.news.
¿Cuáles son los planes de pago de ARCA para ganancias?
La normativa actual permite a los contribuyentes financiar sus obligaciones bajo dos modalidades según el momento de la solicitud.
La primera opción corresponde a las deudas de impuestos anuales, disponible durante una ventana de seis meses que se abre el primer día del mes del vencimiento de la obligación de presentar la declaración jurada de Ganancias y Bienes Personales.
Una vez agotado ese plazo, los saldos pasan a categorizarse como Deuda General, habilitando condiciones de financiación distintas.
¿Cómo es la financiación de ARCA para empresas?
Para personas jurídicas con cierre de ejercicio en diciembre de 2025, el esquema es el siguiente:
El vencimiento de la presentación de la declaración jurada de Impuesto a las Ganancias para sociedades opera entre el 13 y el 15 de mayo de 2026 y el pago entre el 14 y el 18 de mayo.
En tanto, el periodo para optar por el plan de deuda anual se extiende desde el 1 de mayo hasta el 31 de octubre de este año.
A partir del 1 de noviembre de 2026, cualquier saldo pendiente solo podrá regularizarse mediante el plan de deuda general.
¿Cuáles son las condiciones para profesionales?
En el caso de las personas humanas, el vencimiento de la presentación por el período anual 2025 está fijado entre el 11 y el 16 de junio, mientras que el pago debe realizarse entre el 12 y el 17 de junio de 2026.
Para ellos, la solicitud del plan de facilidades de pago por deuda anual podrá gestionarse desde el 1 de junio hasta el 30 de noviembre de 2026.
A su vez, los contribuyentes autónomos de impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales pasan a la modalidad del plan de facilidades de pago para deuda general a partir del 1 de diciembre.
En todos los casos, el vencimiento de la primera cuota del plan operará el día 16 del mes inmediato siguiente a la solicitud de adhesión.
¿Cómo es el plan para obligaciones anuales?
Las condiciones específicas de la financiación del plan para obligaciones anuales, tales como el número de cuotas y el pago a cuenta, se determinan según el perfil de cumplimiento (SIPER) y la categoría del contribuyente.
Los pequeños contribuyentes, microempresas y entidades sin fines de lucro con Perfil I (SIPER A, B y C) pueden acceder a un máximo de 6 cuotas con un pago a cuenta del 17%. Si pertenecen al Perfil II (SIPER D, E o no categorizados), el plazo se reduce a 4 cuotas manteniendo el mismo pago inicial.
Por su parte, las medianas empresas (tramo I y II) cuentan con un esquema de 4 cuotas para el perfil I y 3 cuotas para el perfil II, en ambos casos con un pago a cuenta del 23%.
Finalmente, el resto de los contribuyentes disponen de condiciones más estrictas: 3 cuotas para el Perfil I y apenas 2 cuotas para el Perfil II, con un desembolso inicial exigido del 28%.
Este esquema de financiación para el saldo de los impuestos anuales a las Ganancias y sobre los Bienes Personales permite únicamente un plan por cada obligación presentada.
Nuevos valores que regirán en mayo de 2026
Según los datos oficiales, la inflación del último semestre fue del 14,29%. Ese porcentaje determina la suba de los parámetros del impuesto, entre ellos los mínimos a partir de los cuales se empieza a tributar y las deducciones personales que reducen la carga impositiva.
Con los nuevos valores, los pisos de ingreso para quedar alcanzado por el impuesto cambian según la situación familiar. Un soltero sin hijos tributa si su sueldo bruto supera los $2.998.725 mensuales, con un neto aproximado de $2.488.942. En el caso de un soltero con un hijo, el impuesto comienza a aplicarse con ingresos netos superiores a $2.692.757.
Para quienes tienen dos hijos, el piso se eleva a $2.896.573 netos. En tanto, un casado con dos hijos quedará alcanzado a partir de un mínimo de $3.300.726 netos. Desde el organismo aclararon que estos valores son estimativos y pueden variar según las deducciones particulares de cada contribuyente.
ARCA también difundió los montos de las deducciones personales acumuladas mes a mes para el período enero-junio. Entre los principales conceptos figuran la ganancia no imponible, que parte de $429.316,88 en enero, la deducción por cónyuge, de $404.330,39, y la deducción por hijo, de $203.905,29.
A esos valores se suma la deducción especial y la aplicación de las escalas progresivas, que definen qué porcentaje del ingreso queda alcanzado por el impuesto según el nivel salarial.
FUENTE: IProfesional


