
El 30 de abril vence el plazo para realizar la adhesión al régimen de regularización de deudas impositivas y de los recursos de la seguridad social vencidas al 31 de diciembre de 2024
El plan permite que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes, puedan regularizar sus deudas tributarias y de la seguridad social vencidas al 31 de diciembre del 2024, a través del régimen de facilidades de pago dispuesto por ARCA a través de la resolución general 5629.
A través del plan se pueden incluir las siguientes obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024:
- Impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas sus intereses y multas.
- Retenciones y percepciones impositivas.
- Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.
ARCA: Vence plan de facilidades para MiPyMEs
Las cuotas son mensuales, iguales y consecutivas, a tasa fija y no requiere el ingreso de un pago a cuenta. En tanto, la tasa de financiación para los pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud es de un 25% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
Asimismo, en el caso de las medianas empresas -Tramos 1 y 2- se aplica un 40% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
Respecto a la cantidad de cuotas disponibles, desde Errepar detallan que los planes son:
- 48 cuotas para las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social y para las obligaciones aduaneras de los Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud, con una tasa de financiación del 25% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
- 36 cuotas para las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social y para las obligaciones aduaneras de las Medianas empresas -Tramos 1 y 2-, con una tasa de financiación del 40% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
- 24 cuotas para las retenciones y percepciones impositivas de los Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud, con una tasa de financiación del 25% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
- 18 cuotas para las retenciones y percepciones impositivas de las Medianas empresas -Tramos 1 y 2-, con una tasa de financiación del 40% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
¿Quiénes pueden acceder al plan MiPymes ARCA?
Podrán acceder al régimen los siguientes sujetos:
a) Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramos 1 y 2- con «Certificado MiPyME» vigente a la fecha del acogimiento y que cuenten con la caracterización correspondiente en el «Sistema Registral».
b) Pequeños contribuyentes: entendiéndose por tales a las personas humanas y sucesiones indivisas que se encuentren caracterizadas en el «Sistema Registral» con el código «547 – Pequeño Contribuyente» a la fecha del acogimiento.
c) Entidades sin fines de lucro que se encuentren registradas a la fecha del acogimiento, bajo alguna de las formas jurídicas que se indican a continuación:
- Asociación
- Fundación
- Cooperativa
- Cooperativa efectora
- Consorcio de propietarios
- Mutual
- Cooperadora
- Otras entidades civiles
- Instituto de vida consagrada
- Asociación simple
- Iglesia, entidades religiosas
- Iglesia católica
d) Contribuyentes pertenecientes al sector de salud que se encuentren caracterizados en el «Sistema Registral» con el código «533 – Protección transitoria y Alivio Fiscal para el Sector Salud» a la fecha del acogimiento.
FUENTE: IProfesional


