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10 claves sobre el nuevo impuesto a las billeteras virtuales: el Sircupa

billetera virtual

A partir del 1 de octubre entró en vigencia el Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago. A quiénes alcanza.

El nuevo Sircupa se aplicará para quienes reciban dinero a través de billeteras digitales o bancos virtuales. Veamos de se trata:

1. ¿Qué es el Sircupa?

Es el régimen de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre billeteras digitales, creado por la Comisión Arbitral de Convenio Multilateral a través de la resolución general 9/2022 publicada en el Boletín Oficial el 16 de agosto último.

2. ¿A quiénes afectará?

Aquellas personas que realicen comercialización de bienes o servicios y reciban pagos a través de cualquier medio electrónico, plataforma digital, aplicación o dispositivo móvil y a su vez estén inscriptas en el Impuesto a los Ingresos Brutos de las provincias afectadas; o bien aquellos contribuyentes que se encuentren bajo la modalidad de Convenio Multilateral y realicen operaciones con las jurisdicciones afectadas.

3. ¿Qué jurisdicciones están afectadas?

Hasta el momento, Córdoba, Jujuy, Mendoza, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego. No obstante, es probable que de a poco se vayan sumando las restantes provincias con excepción de Misiones y Tucumán, quienes ya se manifestaron su rechazo.

4. ¿Cómo saber si mi empresa estará afectada por el nuevo impuesto?

Para eso, lo mejor es ingresar en la página de internet: https://sircreb.comarb.gob.ar/sircreb/contribuyente/, con número de CUIT y el período a consultar; por ejemplo: 202210 (equivale a octubre de 2022).

5. ¿Quiénes serán los encargados de recaudar?

Las billeteras virtuales como Mercado Pago, Ualá, Modo, entre otras.

6. ¿Qué alícuotas se aplicarán?

Todos los meses se confeccionará un padrón de alícuotas de los contribuyentes alcanzados por el régimen que estará disponible para los agentes de recaudación en el sitio www.sircupa.comarb.gob.ar, el penúltimo día hábil del mes anterior al de vigencia.

Este padrón contendrá la CUIT, Nombre o Razón Social, Jurisdicción, Período, Código de Redundancia y una letra que identificará la alícuota de retención aplicable a cada contribuyente según el siguiente cuadro:

7. ¿Si soy contribuyente, pierdo esa plata que me retienen las billeteras virtuales?

No, porque los importes retenidos se computarán como pago a cuenta para el anticipo correspondiente al mes en que se produjo la retención y los resúmenes de cuenta expedidos por los agentes constituirán suficiente y única constancia de la retención practicada.

8. ¿Si ya me retienen Sircreb, entonces me corresponde Sircupa?

El Sircreb es el Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias, por lo que si un cliente de las jurisdicciones adheridas abona mediante Mercado Pago esa operación estará afectado por el Sircupa. Luego si se transfiere el dinero desde la Billetera Virtual a la cuenta propia en otra entidad bancaria estará afectado por el Sircreb. Para chequear esto el contribuyente deberá ingresar en la página de AFIP: www.afip.gob.ar y buscar la aplicación: Convenio Multilateral Sifere WEB – Consultas, y luego de seleccionar el período a consultar, obtendrá la siguiente respuesta:

Esto significa que solo fue incluido en el Sircreb, pues el Sircupa está operativo a partir del 1 de octubre de este año.

9. ¿Existe algún argumento para que no se aplique la retención si el cliente pertenece a una jurisdicción adherida?

No, pues desde mayo de 2022 la AFIP estableció que las billeteras digitales deberán informar los movimientos de sus clientes cuando superen los $30.000. Esto se dispuso con el afán de igualar el tratamiento entre las cuentas bancarias y las billeteras virtuales.

10. ¿Cuándo tendrán que hacer las presentaciones y los pagos los agentes de recaudación?

Para el período 2022, se estableció el siguiente cronograma:

Una vez más los contribuyentes se preguntarán por qué esto de adelantar impuestos en concepto de pago a cuenta y no permitir directamente ingresar el tributo por el total al momento del vencimiento del saldo final; y la respuesta es que se busca anticipar la recaudación provincial para que el Estado sea quien le gane a la inflación, lo que lleva en la mayoría de las veces a que se tengan saldos a favor en el Impuesto a los Ingresos Brutos en las diferentes provincias.

A su vez, desde el punto de vista de la AFIP se busca endurecer los controles, como consecuencia del crecimiento que tienen estas formas de pago; a tal punto que muchas personas casi ni operan con los bancos tradicionales. Esto se da de manera proporcional a lo que ocurre en el mundo, donde se viene produciendo una importante presencia de lo digital que hacen que en las reuniones del G20 y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) también se tengan presente estas cuestiones.

FUENTE: Infobae

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